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Caso C.E vs CIJ

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alexminar9
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Koczu
11 participantes

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1Caso C.E vs CIJ Empty Caso C.E vs CIJ Mar 05 Jul 2016, 22:28

Koczu

Koczu

-Viendo como la gente de los partidos se caen a insultos ect, y viendo que mucha gente esta disgustada por lo que esta sucediendo, hay algo que es mas fuerte que la constitucion y es el poder de la AG ya que la AG puede negar o puede aprobar algo incluso modificar algo por lo que abro este tema por lo siguiente:

-Actualmente se esta viendo como los casos que tomo el C.E se esta llevando a la CIJ todos los casos o la gran mayoria afectan a la coalacion del P.P.R (Partido Progresista Revolucionario), por lo que pido que se haga una votacion acerca de:

A)- Estoy a favor de que los casos que tomo el C.E vaya a la CIJ

B)- Estoy en contra de que los casos que tomo el C.E vaya a la CIJ

C)- Me abstendre

El P.P.R esta descontento ya que ellos si podrian llevarlos al CIJ en caso de que prometieran imparcialidad, pero estamos viendo que 3 de 5 Juecez son parte del P.L, por lo que no promete nada de Imparcialidad, ahora saldra un P.L diciendome asiohdsdiosadiosihod falzos korruptoz de mielda asiohdoiasdioasd shiarlez bibe la lusha sije, y les digo a esos P.L que nos respeten osea que no nos vean la cara de estupidos a ninguno de nosotros, ahora dira charles el CIJ es Eficaz y es imparcial, y le respondo yo tu llamas imparcial a 3 personas que hablan mierda hasta decir basta de los candidatos lParsimonia y reddya, osea hijo estas practicamente diciendo que me nos metamos en una jaula de leones hambrientos que ellos no nos morderan,¿ Logica donde ?..

-Y pido al señor VP que no elimine ni cierre el tema que lo deje abierto por las 72 que corresponde y aqui por ultimo adjunto un comentario de Ledezma:

En mi humilde opinión, debo decir que nosotros como magistrados de la gestión saliente, ya finalizamos nuestro periodo y hasta fue legalmente terminado por la misma junta directiva con conformidad de todos los integrantes. Ni yo ni los demás magistrados somos culpables ni nos debe interesar los problemas que surgieron luego ya sea por errores administrativos o temas electorales como observo y que sólo aperturaron los actuales candidatos del PL. Para eso escogieron un comité electoral y unos "observadores", todos capaces de resolver tales adversidades, sí no saben convivir en equipo o llegar a acuerdos van a tener que tragarse el orgullo y buscar soluciones en vez de más problemas o complicaciones como la de revivir la cij unos días, obligarnos a decidir rápidamente todo y ya, chao. De mi parte no participaré, ya yo cumplí con mi deber. Haré copia y pega en los temas, es mi opinión, saludos.

-Osea pido a charles y a los del P.L que nos respeten por vida de dios

2Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Mar 05 Jul 2016, 22:42

Karl:Marx

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Y recordemos junto a esto que el Comité Electoral es el justo encargado de impartir justicia electoral, como lo dice la misma ley electoral. Casos de candidatos en específico sólo pueden llevarse a CIJ (CIJ que el mismo Comité tiene que autorizar entrar en sesión, pues ellos están a cargo de los procesos en elecciones, y NO un administrador random del foro).

Los casos que ya fueron resuelto no pueden discutirse más, tal vez en Habbo sí, pero respecto a este foro ya son temas bastante sanjados, a los que ha tomado horas debatir, lo que no debería ser en vano.

En cuanto a la votación que exige Magnus, estoy EN CONTRA de que se lleven temas que no corresponden a otra institución más que a la Justicia Electoral que debe ejercer el Comité Electoral, pues para eso existe.

PD: PPR XD.

3Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Mar 05 Jul 2016, 23:09

Karl:Marx

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(Incluso no es necesario votar la Constitución es clara).

Reglamento Electoral escribió:Artículo 23: En el caso de alguna conducta inapropiada (sobornos, amenazas a electores si no reciben su voto.. .etc) por parte de los candidatos a la Presidencia o a cualquier otro cargo, el Comité Electoral o algún miembro de la Asamblea General podrá llevar el caso ante la Corte Imperial de Justicia que juzgará las pruebas y que podrá eliminar su candidatura.

Y como dice el siguiente artículo:

Constitución HID escribió:Artículo 2: Para cumplir con el objetivo de HID, sus miembros procederán de acuerdo a lo descrito .en este artículo:

● Habbo Imperios Democráticos será reconocido y aceptado por los Estados Miembros
● HID se rige bajo el principio de igualdad soberana de todos sus Estados Miembros
● Los Estados Miembros, a fin de gozar de los derechos que les otorga la presente
Constitución, cumplirán de buena fe las obligaciones contraídas por ellos según lo descrito en esta Constitución.
● Los Estados Miembros prestarán a ésta toda la ayuda posible en cualquier acción que ejerza de conformidad con esta Constitución.
● La Organización hará que los Estados que no son Miembros de HID se conduzcan de acuerdo con lo establecido en esta Constitución.
● Ninguna disposición de esta Constitución autorizará a HID a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados Miembros.
Todos los estado miembros deben hacer cumplir lo que exige la Constitución y cualquier acción que vaya en vía de hacer cumplir la constitución. Por lo tanto, quienes no respalden la acción de no llevar estos casos a CIJ están cometiendo actos inconstitucionales, PUES LA CONSTITUCION ES CLARA.

4Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 00:18

Invitado

Anonymous
Invitado

Claro, pero si no les afectara entonces dirían que los corruptos somos nosotros. Hay casos que nos afectan a nosotros también, por el amor a Cristo. Por ejemplo lo de Fogarino, lo de Dark-intension, lo de Zhyper, lo de Esteban y lo mío.

Bajo la Constitución todo, arriba nada. La interpretación errónea de que la Asamblea General es superior a la Constitución de Koczu indica que aunque la Constitución indique que la Corte Imperial de Justicia es la encargada de impartir justicia y del alcance, vigencia e interpretación de las normas puede hacer lo que venga la gana la Asamblea General. Y así no son las cosas.

La Corte Imperial de Justicia es la única que puede impartir justicia e interpretar el alcance y la vigencia de las normas. Está establecido en los artículos de la Constitución. El artículo 23 del Reglamento Electoral permite que se pueda invocar a la Corte Imperial de Justicia. Puesto a que es la única que puede impartirla y no hay otra..

Y por el simple hecho de querer hacer este.. no sé que es.. es por algo. No es porque les importe la Constitución, de otro modo estarían satisfechos.

Y tu interpretación es errónea Karl. La Junta Directiva aún sigue en funciones como administradores. También soy miembro de la Asamblea General. Y en la Constitución también establece que el Presidente es el único que podrá proponer y con el consejo y consentimiento del Senado nombrar a los miembros de la Corte Imperial de Justicia. No existe nada de que el Comité Electoral tiene que aprobar a la Corte Imperial de Justicia, es ridículo. El Comité Electoral se encarga de administrar el proceso electoral, pero la Corte Imperial de Justicia se encarga de, valga la redundancia, IMPARTIR JUSTICIA.

Y quizás vean que por ser tres miembros de la Corte Imperial de Justicia asociados al Partido Liberal no puedan ser imparciales. Pero la realidad es que en tres meses ellos trabajaron bien, se ganaron la confianza.

5Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 00:50

SoulBerry

SoulBerry

Totalmente en contra. Asi se hacen las cosas Kozcu, muy bien!

6Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 00:52

Karl:Marx

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Ser administrador no es ser de la Junta Directiva, su período finalizó hace días.

7Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 00:55

Koczu

Koczu

.:Charles.I:. escribió:Claro, pero si no les afectara entonces dirían que los corruptos somos nosotros. Hay casos que nos afectan a nosotros también, por el amor a Cristo. Por ejemplo lo de Fogarino, lo de Dark-intension, lo de Zhyper, lo de Esteban y lo mío.

Bajo la Constitución todo, arriba nada. La interpretación errónea de que la Asamblea General es superior a la Constitución de Koczu indica que aunque la Constitución indique que la Corte Imperial de Justicia es la encargada de impartir justicia y del alcance, vigencia e interpretación de las normas puede hacer lo que venga la gana la Asamblea General. Y así no son las cosas.

La Corte Imperial de Justicia es la única que puede impartir justicia e interpretar el alcance y la vigencia de las normas. Está establecido en los artículos de la Constitución. El artículo 23 del Reglamento Electoral permite que se pueda invocar a la Corte Imperial de Justicia. Puesto a que es la única que puede impartirla y no hay otra..

Y por el simple hecho de querer hacer este.. no sé que es.. es por algo. No es porque les importe la Constitución, de otro modo estarían satisfechos.

Y tu interpretación es errónea Karl. La Junta Directiva aún sigue en funciones como administradores. También soy miembro de la Asamblea General. Y en la Constitución también establece que el Presidente es el único que podrá proponer y con el consejo y consentimiento del Senado nombrar a los miembros de la Corte Imperial de Justicia. No existe nada de que el Comité Electoral tiene que aprobar a la Corte Imperial de Justicia, es ridículo. El Comité Electoral se encarga de administrar el proceso electoral, pero la Corte Imperial de Justicia se encarga de, valga la redundancia, IMPARTIR JUSTICIA.

Y quizás vean que por ser tres miembros de la Corte Imperial de Justicia asociados al Partido Liberal no puedan ser imparciales. Pero la realidad es que en tres meses ellos trabajaron bien, se ganaron la confianza.

-Y tu crees ser descarado, que esas 3 personas van a ser imparcial empezando por zhyper y Alex, te lo pondre asi, imaginate que tu lleves un caso de X cosa a la AG donde eso te perjudica a ti, las 5 personas que te atenderan son:

-Reddya - lParsimonia - Jalbu - Novak y Sokar,

-PD: Sokar representa lo imparcial que es ledezma por eso hago comparaciones y Novak seria mi persona, aja alli hay 3 del P.P CON LA PEPA EL CHOCHO vas tu a venirme a decir ami que vas a confiar en pasimonia en jalbu y en reddya, te negaras a confiar en ellos por el simple hecho que son del P.P

PD: y disculpen mi palabra lo de la pepa del chocho es un decir en mi pais xd.

8Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 01:47

Novak

Novak
Estado Miembro HID
Estado Miembro HID

Estimado Koczu y Karl:Marx

Con mi escaso conocimiento del Derecho, les indico lo siguiente:

.:Charles.I:. tiene el derecho de convocar a la Corte Imperial de Justicia. Lo que no tiene derecho es a seleccionar quienes son puesto a que para ello requiere consejo y consentimiento de la Cámara de Senadores, por tanto, no le queda de otra que colocar a los que si fueron escogidos. Pero si esos miembros fuesen parte de su partido, este tema no se habría hecho.

El artículo 23 es claro al respecto:

Reglamento electoral escribió:Artículo 23: En el caso de alguna conducta inapropiada (sobornos, amenazas a electores si no reciben su voto.. .etc) por parte de los candidatos a la Presidencia o a cualquier otro cargo, el Comité Electoral o algún miembro de la Asamblea General podrá llevar el caso ante la Corte Imperial de Justicia que juzgará las pruebas y que podrá eliminar su candidatura.

Al no existir la Corte Imperial de Justicia, un miembro de la Asamblea General deberá invocarla puesto a que no hay otra institución que pueda encargarse. Y si bien tienen razón que el artículo 23 permite a la Corte Imperial de Justicia solamente decidir por casos como Jalbu, Charles,  Bulldogt y Dark-intension (al ser candidatos) también el artículo veintiséis de nuestra amada Constitución recita lo siguiente:

Constitución escribió:El Poder Judicial entenderá en todas las controversias, que surjan como   consecuencia de esta Constitución, de las leyes de HID; en todas las disputas que se relacionen con los Estados Miembros; en las polémicas en que sean parte de HID; en los altercados en relación a la reclamación de territorios, entre un Estado Miembro y otro.

La Corte Imperial de Justicia tiene la potestad de interpretar el alcance, la vigencia y la eficacia de las normas. También entenderá en todas las controversias que surjan como consecuencia de esta Constitución, de las leyes de HID (Reglamento Electoral); en todas las disputas que se relacionen con los Estados Miembros (lo que está sucediendo actualmente); en las polémicas que sean parte de HID (el proceso electoral); en los altercados en relación a la reclamación de territorios entre un Estado Miembro y otro.

En resumen: La Corte Imperial de Justicia está más que facultada para resolver las irregularidades del proceso electoral de conformidad con el artículo veintiséis, también de resolver todas las disputas con los Estados Miembros y como si fuere poco, lo que nos facilita el artículo 23 del Reglamento Electoral.

Ya expliqué con mi escaso conocimiento del Derecho. Emití mis veredictos sin importar si es lo que ustedes desean o no.

Koczu, Karl:Marx, les hago la misma pregunta que le hice al señor brv721, ¿están de acuerdo que se hayan incluido esas 4 personas en pleno proceso y a pocos minutos del cierre de la lista de electores?

Disculpen si estoy serio, pero me cansa ver como solo observan los errores del Partido Liberal pero no los del Partido Progresista Revolucionario, me cansa ver como Koczu pide una interpretación, la acepta y a los minutos cambia de opinión. ME CANSA ver que Koczu promete que no insultará ni descalificará a nadie y después de obtener lo que quiere es lo primero que hace.

http://www.imperio-sumerio.jimdo.com

9Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 02:01

Karl:Marx

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En todas, pero la ley específicamente habla de que en lo que se refiera al proceso electoral le corresponde al Comité Electoral.

10Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 02:04

Novak

Novak
Estado Miembro HID
Estado Miembro HID

Karl:Marx escribió:En todas, pero la ley específicamente habla de que en lo que se refiera al proceso electoral le corresponde al Comité Electoral.

Ninguna ley es superior a la Constitución, que te quede claro. El reglamento electoral podrá decir misa, pero la Constitución dice claramente que la Corte Imperial de Justicia ENTENDERÁ EN TODAS LAS CONTROVERSIAS.

Y aún no respondes mi pregunta. Serías amable de hacerlo y evitarías que me explotase una vena.

http://www.imperio-sumerio.jimdo.com

11Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 02:21

Panterarosa1

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Presidente de la Corte Imperial de Justicia
Presidente de la Corte Imperial de Justicia

Novak escribió:
Karl:Marx escribió:En todas, pero la ley específicamente habla de que en lo que se refiera al proceso electoral le corresponde al Comité Electoral.

Ninguna ley es superior a la Constitución, que te quede claro. El reglamento electoral podrá decir misa, pero la Constitución dice claramente que la Corte Imperial de Justicia ENTENDERÁ EN TODAS LAS CONTROVERSIAS.

Y aún no respondes mi pregunta. Serías amable de hacerlo y evitarías que me explotase una vena.

La Constitución, máxima ley superior como dices, dice: Artículo 24: "Se depositará el poder judicial de HID en la Corte Imperial de Justicia. Los Magistrados de la Corte Imperial estarán en funciones por un período de 3 meses, con derecho a una reelección continua de 3 meses más. " ESTE PERIODO YA EXPIRÓ. La CIJ es ILEGAL.

Además, en temas electorales, la CIJ sólo puede interceder si un candidato amenaza, soborna o algo así. Y su única facultad al respecto es de tirar esa candidatura.

Por cierto, en un lado dijiste que sólo la AG puede ser elector. ¿Si me dices de dónde sacaste eso, por favor? La Constitución dice que los miembros HID pueden votar, y según la constitución se puede ser miembro hid sin ser de la AG.

12Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 07:52

lM3G4

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Novak escribió:
Karl:Marx escribió:En todas, pero la ley específicamente habla de que en lo que se refiera al proceso electoral le corresponde al Comité Electoral.

Ninguna ley es superior a la Constitución, que te quede claro. El reglamento electoral podrá decir misa, pero la Constitución dice claramente que la Corte Imperial de Justicia ENTENDERÁ EN TODAS LAS CONTROVERSIAS.

Y aún no respondes mi pregunta. Serías amable de hacerlo y evitarías que me explotase una vena.

Pero si tu partido es el que mezcla las funciones de la CIJ con la Asamblea general, tu ex-presidente Master fue el que abrió un asunto para votar si el partido progresista era apto para seguir en las elecciones o no, cuando la ASAMBLEA GENERAL NO TIENE ESE PODER. Creo que no hay nada más anticonstitucional que la opresión de partidos en plenas elecciones.

13Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 07:54

lM3G4

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lM3G4 escribió:
Novak escribió:
Karl:Marx escribió:En todas, pero la ley específicamente habla de que en lo que se refiera al proceso electoral le corresponde al Comité Electoral.

Ninguna ley es superior a la Constitución, que te quede claro. El reglamento electoral podrá decir misa, pero la Constitución dice claramente que la Corte Imperial de Justicia ENTENDERÁ EN TODAS LAS CONTROVERSIAS.

Y aún no respondes mi pregunta. Serías amable de hacerlo y evitarías que me explotase una vena.

Pero si tu partido es el que mezcla las funciones de la CIJ con la Asamblea general, tu ex-presidente Master fue el que abrió un asunto para votar si el partido progresista era apto para seguir en las elecciones o no, cuando la ASAMBLEA GENERAL NO TIENE ESE PODER. Creo que no hay nada más anticonstitucional que la opresión de partidos en plenas elecciones.

En todo caso, como tú dices, nadie puede ir en contra de la constitución, por lo tanto apliquémosla y disolvamos la CIJ, ya que ahora mismo es declarada como ilegal (ya pasaron los 3 meses)

14Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 09:34

alexminar9

alexminar9
Estado Miembro HID
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Bueno, no se si este tema servirá para algo o será cerrado también, así que daré mi voto por si acaso.
B)- Estoy en contra de que los casos que tomo el C.E vaya a la CIJ.

15Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 09:56

Farrukiii

Farrukiii
Estado Miembro HID
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B)- Estoy en contra de que los casos que tomo el C.E vaya a la CIJ.

16Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:18

alex-skywaker

alex-skywaker
Secretario General HID
Secretario General HID

Que dobles cara, cuando se presentó la corrupción de farruki y todos votamos por mayoría que debía ser sancionado su respuesta fue "no está en la constitución" "sino está en la constitución no sirve" ahora sí quieren darle todo el poder a la Asamblea, no sean dobles cara por un rato, la CIJ es quien debe resolver los casos. Más si el comité electoral está cometiendo actos ILÍCITOS o ¿acaso el comité se va a juzgar solo? Dejen de decir incoherencias y cambian de opinión solo cuando les conviene... Ya hasta estaban trabajando en la CIJ y aportando hasta que alguien dijo que no...

17Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:19

Koczu

Koczu

alex-skywaker escribió:Que dobles cara, cuando se presentó la corrupción de farruki y todos votamos por mayoría que debía ser sancionado su respuesta fue "no está en la constitución" "sino está en la constitución no sirve" ahora sí quieren darle todo el poder a la Asamblea, no sean dobles cara por un rato, la CIJ es quien debe resolver los casos. Más si el comité electoral está cometiendo actos ILÍCITOS o ¿acaso el comité se va a juzgar solo? Dejen de decir incoherencias y cambian de opinión solo cuando les conviene... Ya hasta estaban trabajando en la CIJ y aportando hasta que alguien dijo que no...

-Ya que ustedes dicen que nos rijamos de la constitucion pues hagamoslo Very Happy

18Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:20

alex-skywaker

alex-skywaker
Secretario General HID
Secretario General HID

Para contestar a pantera, la LEY dice CIJ y la CIJ la escoge la JUNTA DIRECTIVA Y SENADO. NO LA ASAMBLEA LEE!!!.

Esto no estaría sucediendo si pantera manipulara las cosas y aceptara miembros sin siquiera la aprobación de sus mismos compañeros, no hacía consultas ni nada simplemente ponía: si tiene voto porque yo quiero.

19Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:21

alex-skywaker

alex-skywaker
Secretario General HID
Secretario General HID

Koczu escribió:
alex-skywaker escribió:Que dobles cara, cuando se presentó la corrupción de farruki y todos votamos por mayoría que debía ser sancionado su respuesta fue "no está en la constitución" "sino está en la constitución no sirve" ahora sí quieren darle todo el poder a la Asamblea, no sean dobles cara por un rato, la CIJ es quien debe resolver los casos. Más si el comité electoral está cometiendo actos ILÍCITOS o ¿acaso el comité se va a juzgar solo? Dejen de decir incoherencias y cambian de opinión solo cuando les conviene... Ya hasta estaban trabajando en la CIJ y aportando hasta que alguien dijo que no...

-Ya que ustedes dicen que nos rijamos de la constitucion pues hagamoslo Very Happy

En tu tema dices claramente que la asamblea tiene más poder, no te contradigas xd decídete constitución o asamblea... Respeta el reglamento y atiende la CIJ

20Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:22

Koczu

Koczu

Novena fase
Elecciones al Congreso, Senado y/o CIJ

Artículo 22: Una vez finalizadas las elecciones presidenciales y establecida la nueva Directiva, los electores procederán a emitir sus votos sobre los candidatos a Senado, Congreso y/o Corte Imperial de Justicia.
Se realizará también a través de un formulario y siguiendo lo establecido en las fases quinta, sexta, séptima y octava del proceso.
Finalizadas las elecciones, se procederá a entregar los derechos correspondientes a los nuevos miembros y a retirárselos a los anteriores.

21Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:26

Farrukiii

Farrukiii
Estado Miembro HID
Estado Miembro HID

Alex-Skywalker escribió:¿acaso el comité se va a juzgar solo?

¿Quien juzgara a la CIJ?

22Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:31

Koczu

Koczu

alex-skywaker escribió:
Koczu escribió:
alex-skywaker escribió:Que dobles cara, cuando se presentó la corrupción de farruki y todos votamos por mayoría que debía ser sancionado su respuesta fue "no está en la constitución" "sino está en la constitución no sirve" ahora sí quieren darle todo el poder a la Asamblea, no sean dobles cara por un rato, la CIJ es quien debe resolver los casos. Más si el comité electoral está cometiendo actos ILÍCITOS o ¿acaso el comité se va a juzgar solo? Dejen de decir incoherencias y cambian de opinión solo cuando les conviene... Ya hasta estaban trabajando en la CIJ y aportando hasta que alguien dijo que no...

-Ya que ustedes dicen que nos rijamos de la constitucion pues hagamoslo Very Happy

En tu tema dices claramente que la asamblea tiene más poder, no te contradigas xd decídete constitución o asamblea... Respeta el reglamento y atiende la CIJ

-Quien crea a quien:

la AG a la constitucion o la Constitucion a la AG.

-Te explico esto:

-Para que sirve la constitucion simple para moderarnos a nosotros ante los actos belicos y politicos, mientras que la AG existe para proponer leyes propuesta ECT, Y ADEMAS que por medio de los votos nosotros podemos hacer que lo diga la constitucion no se haga (Eso si se aprueba en la AG)

23Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:32

Dark-intension

Dark-intension

Contradicciones contradicciones everywhere...

24Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:32

REDDYA

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Estado Miembro HID
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alex-skywaker escribió:Para contestar a pantera, la LEY dice CIJ y la CIJ la escoge la JUNTA DIRECTIVA Y SENADO. NO LA ASAMBLEA LEE!!!.

Esto no estaría sucediendo si pantera manipulara las cosas y aceptara miembros sin siquiera la aprobación de sus mismos compañeros, no hacía consultas ni nada simplemente ponía: si tiene voto porque yo quiero.

Eres candidato a la VP asi que te pido un poco más de seriedad a la hora de hablar, sé que te sientes cómodo en ese papel que tienes en el cual 4/5 de tus palabras hablan sobre "corrupción" y demás difamaciones. Pantera dió sus argumentos en base a la constitución para aceptar a dichos electores. Te dejo ésto por aquí, por si deseas leer un poco.

Pantera basó todas sus decisiones en base a la constitución para admitir a dichos electores (Si bien pienso que SergiWiner no debe tener derecho a voto) los demas si cumplen con los requisitos necesarios, ¿Por qué? Por lo siguiente:

brv721 escribió:
Ley electoral escribió:Los candidatos para formar parte del Comité electoral deberán ser miembros pertenecientes a alguno de los Estados Miembros de HID y formar o haber formado parte anteriormente de la Asamblea General

La propia ley electoral indica que para ser candidato a formar parte del Comité electoral "se debe ser miembro perteneciente a alguno de los Estados miembros de HID y formar o haber formado parte de la AG con anterioridad".

Por tanto vemos que si bien para ser del CE hace falta haber sido de la AG anteriormente o serlo en la actualidad, hace distinción entre lo que es " pertenecer a un Estado Miembro" y ser de la AG.

Ahora veamos los requisitos para ser elector:


Ley electoral escribió:Artículo 6: Los electores son aquellos individuos designados por el Dueño o en su defecto el Embajador del Imperio para votar en todas las elecciones que se realicen durante las fases establecidas, el dueño o el embajador de cada imperio podrá ejercer como elector o en su defecto uno de sus cargos.

Todos los Estados Miembros de HID podrán designar un elector y votar en las elecciones (estados activos e inactivos).

Asi que como puedes comprobar todos los "Estados Miembros de HID" pueden designar un elector y votar en las elecciones.

Y como ya te expliqué antes Novak, la propia ley electoral distingue entre "Estado Membro HID" y "Miembro de la AG". Si bien para ser de la AG es necesario ser "Estado Miembro" para ser "Estado Miembro" no es necesario ser de la Asamblea, si no cumplir con los siguientes requisitos:

Constitución HID escribió: B. Para asuntos HID:
a. Ser líder de un Estado reconocido por HID o pertenecer a éste como representante oficial.

b. Siguiendo con el punto anterior, el interesado ha de haber sido dueño de ese Estado reconocido por un tiempo mínimo de un mes.

Por tanto, siento decirte que tanto la Ley Electoral como lo establecido en la constitución para ser "Miembro HID" le dan totalmente la razón a Pantera y le legitiman para inscribir a dichos candidatos.

25Caso C.E vs CIJ Empty Re: Caso C.E vs CIJ Miér 06 Jul 2016, 11:37

Farrukiii

Farrukiii
Estado Miembro HID
Estado Miembro HID

Constitucion escribió:Para ser reconocido como “Miembro HID” el Estado o persona debe cumplir con lo siguiente:

A. Para realizar movimientos bélicos (Estados únicamente):

a. 500 puntos en la sede del Estado
b. La sede del Estado debe estar abierta
c. Si el Estado estuvo abierto en otra sede que cumple el literal “a”, notificarlo y demostrarlo con una captura de pantalla con la valoración de la antigua sede. Una vez que es reconocido, se procederá a asignar eficientemente (si es solicitado) un territorio base al nuevo Miembro HID.

B. Para asuntos HID:
a. Ser líder de un Estado reconocido por HID o pertenecer a éste como representante oficial.
b. Siguiendo con el punto anterior, el interesado ha de haber sido dueño de ese Estado reconocido por un tiempo mínimo de un mes.


Ciertamente tienen razon. Se podria decir que para pertenecer a la AG se necesita ser Miembro HID. Me explico; La AG no convierte a un imperio en Miembro HID, sino es el propio estado de Miembro HID el que te permitiria acceder a la AG

Corregidme si me equivoco

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