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Solicito a charles una interpretacion del articulo 23 de ley electoral

3 participantes

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Koczu

Koczu

aqui dejo el articulo:

Artículo 23: En el caso de alguna conducta inapropiada (sobornos, amenazas a electores si no reciben su voto.. .etc) por parte de los candidatos a la Presidencia o a cualquier otro cargo, el Comité Electoral o algún miembro de la Asamblea General podrá llevar el caso ante la Corte Imperial de Justicia que juzgará las pruebas y que podrá eliminar su candidatura.

-Me la vas a interpretar paragrafo por paragrafo, que yo te leere detenidamente, y no quiero a ningun P.P PR. o P.L viniendo aca a insultar a charles o ami ustedes callado este tema es para mi y charles.

SoulBerry

SoulBerry

Muy bien Kozcu

Invitado

Anonymous
Invitado

Si tú me prometes que no me insultarás cuando lo interprete con gusto lo hago.

Aunque deberías pedir la interpretación a la Corte Imperial de Justicia ya que entró en sesión extraordinaria y no a mi. Creo que ellos 9 son mejores interpretando que yo, ya que como dijo Pumas mis interpretaciones son arbitrarias, circunstanciales y con fines políticos.

Un saludo.

Koczu

Koczu

-No por que lo que estas haciendo es algo que no creo bien, sin embargo, interpretamelo tu y no abra insultos de mi parte.

Koczu

Koczu

Tambien hago una solicitud a los 5 ex presidentes de HID activos que se integren aca:

-Pumas
-Ledezma
-lCelsius
-Panterarosa1
-Master22

Koczu

Koczu

tambien solicito a master y si se puede a charles que me expliquen esto:

Solicito a charles una interpretacion del articulo 23 de ley electoral K9ba5v

-Pregunto por que ami no se me metio alli, yo soy tambien del CIJ y claramente dice que el CIJ debe ser estado miembro HID, por lo cual no entiendo si se me puede explicar seria bien.

Invitado

Anonymous
Invitado

Reglamento Electoral escribió:
Artículo 23: En el caso de alguna conducta inapropiada (sobornos, amenazas a electores si no reciben su voto.. .etc) por parte de los candidatos a la Presidencia o a cualquier otro cargo, el Comité Electoral o algún miembro de la Asamblea General podrá llevar el caso ante la Corte Imperial de Justicia que juzgará las pruebas y que podrá eliminar su candidatura.

Bien, como indica el artículo 23 del Reglamento Electoral establece que si existe una conducta inapropiada que está colocada entre paréntesis. Bajo los "entre otros" se podría indicar que es una conducta inapropiada usar los derechos de otro individuo (caso Jalbu y por el momento el caso de Fogarino).

Además, explica los candidatos. Desde la inclusión de la Ley de Partidos Políticos, se agrupan a todos los candidatos en dos partidos. El Partido Liberal y el Partido Progresista Revolucionario (fusión como parte de un pacto político aún no publicado entre el Partido Progresista y el Partido Revolucionario). Entonces, los sujetos a ese artículo son los partidos que cometan conductas inapropiadas.

El Partido Liberal comete una (presunta) conducta inapropiada con el caso de Fogarino al permitir que él use los derechos del Reino Mexicano sin saber la procedencia del mismo. De la misma forma el Partido Progresista Revolucionario comete una (presunta) conducta inapropiada con el caso de Jalbu al permitir que él use los derechos del Imperio Galo pese a que sabe que son de Fugando.

Llegados a este punto, ambos partidos están compitiendo para ganar los escaños de las dos instituciones, por tanto se pueden considerar como candidatos.

Entonces, acá viene la parte interesante. Un miembro de la Asamblea General o un miembro del Comité Electoral, entendiendo la situación puede enviar el caso a la Corte Imperial de Justicia. Pero la Corte Imperial de Justicia cesó sus funciones. Sin embargo, un miembro de la Asamblea General podría invocar de conformidad con el artículo 23 que la Corte Imperial de Justicia inicie con sus funciones ya que a) La Corte Imperial de Justicia es la única que puede tratar esas irregularidades además de interpretar el alcance y vigencia de las normas y b) Los miembros de la Corte Imperial de Justicia solo pueden ser escogidos por la Junta Directiva con consejo y consentimiento del Senado.

Entendiendo la situación, y al estar el Senado inactivo, la Junta Directiva debería escoger completamente a los miembros de la Corte Imperial de Justicia. Pero obviamente esto es algo que a nadie le gustaría puesto a que dirían que soy corrupto entre otras cosas. Por tanto, lo más sensato es invocar a aquellos que el Senado aprobó como miembros una vez y los que posteriormente fueron incluidos allí como parte de renuncias o destituciones.

Todas las irregularidades fueron presentadas a la Corte Imperial de Justicia una vez invocada y actualmente están juzgando las pruebas y determinando qué es lo mejor para poder resolver estas situaciones que perturban el proceso electoral.

Como todos podemos observar, no solo los casos presentados por el Partido Liberal fueron colocados, sino que también los casos del Partido Progresista. Si fuese un acto corrupto de mi parte, entonces pude colocar solamente los casos del Partido Liberal, lo cual no hice. También pude juzgar por mi cuenta, y no lo hice.

Espero haber resuelto tus dudas.

Un saludo.

PD: No era necesario que tomaras captura de pantalla, con solo colocar el enlace bastaba. Y esa interpretación la coloqué en el tema de Fran.

Koczu

Koczu

.:Charles.I:. escribió:
Reglamento Electoral escribió:
Artículo 23: En el caso de alguna conducta inapropiada (sobornos, amenazas a electores si no reciben su voto.. .etc) por parte de los candidatos a la Presidencia o a cualquier otro cargo, el Comité Electoral o algún miembro de la Asamblea General podrá llevar el caso ante la Corte Imperial de Justicia que juzgará las pruebas y que podrá eliminar su candidatura.

Bien, como indica el artículo 23 del Reglamento Electoral establece que si existe una conducta inapropiada que está colocada entre paréntesis. Bajo los "entre otros" se podría indicar que es una conducta inapropiada usar los derechos de otro individuo (caso Jalbu y por el momento el caso de Fogarino).

Además, explica los candidatos. Desde la inclusión de la Ley de Partidos Políticos, se agrupan a todos los candidatos en dos partidos. El Partido Liberal y el Partido Progresista Revolucionario (fusión como parte de un pacto político aún no publicado entre el Partido Progresista y el Partido Revolucionario). Entonces, los sujetos a ese artículo son los partidos que cometan conductas inapropiadas.

El Partido Liberal comete una (presunta) conducta inapropiada con el caso de Fogarino al permitir que él use los derechos del Reino Mexicano sin saber la procedencia del mismo. De la misma forma el Partido Progresista Revolucionario comete una (presunta) conducta inapropiada con el caso de Jalbu al permitir que él use los derechos del Imperio Galo pese a que sabe que son de Fugando.

Llegados a este punto, ambos partidos están compitiendo para ganar los escaños de las dos instituciones, por tanto se pueden considerar como candidatos.

Entonces, acá viene la parte interesante. Un miembro de la Asamblea General o un miembro del Comité Electoral, entendiendo la situación puede enviar el caso a la Corte Imperial de Justicia. Pero la Corte Imperial de Justicia cesó sus funciones. Sin embargo, un miembro de la Asamblea General podría invocar de conformidad con el artículo 23 que la Corte Imperial de Justicia inicie con sus funciones ya que a) La Corte Imperial de Justicia es la única que puede tratar esas irregularidades además de interpretar el alcance y vigencia de las normas y b) Los miembros de la Corte Imperial de Justicia solo pueden ser escogidos por la Junta Directiva con consejo y consentimiento del Senado.

Entendiendo la situación, y al estar el Senado inactivo, la Junta Directiva debería escoger completamente a los miembros de la Corte Imperial de Justicia. Pero obviamente esto es algo que a nadie le gustaría puesto a que dirían que soy corrupto entre otras cosas. Por tanto, lo más sensato es invocar a aquellos que el Senado aprobó como miembros una vez y los que posteriormente fueron incluidos allí como parte de renuncias o destituciones.

Todas las irregularidades fueron presentadas a la Corte Imperial de Justicia una vez invocada y actualmente están juzgando las pruebas y determinando qué es lo mejor para poder resolver estas situaciones que perturban el proceso electoral.

Como todos podemos observar, no solo los casos presentados por el Partido Liberal fueron colocados, sino que también los casos del Partido Progresista. Si fuese un acto corrupto de mi parte, entonces pude colocar solamente los casos del Partido Liberal, lo cual no hice. También pude juzgar por mi cuenta, y no lo hice.

Espero haber resuelto tus dudas.

Un saludo.

PD: No era necesario que tomaras captura de pantalla, con solo colocar el enlace bastaba. Y esa interpretación la coloqué en el tema de Fran.

-Entiendo gracias por la interpretacion, pero sin embargo siguen sin responderme el panta, por que ami no me pasaron a Miembro y a los demas si ?

Invitado

Anonymous
Invitado

Porque la discusión fue solo para R.L.e.d.e.z.m.a, .:Zhyper:., Dark-intension y Fogarino. No entiendo porque no se te incluyó. Y eso es lo único que no te puedo responder ya que lo desconozco totalmente.

Koczu

Koczu

Bueno QUE PASE EL DESGRACIADO okya, bueno si puedes hablar con master se te agradeceria.

Koczu

Koczu

-Solicito a charles que cierre el tema, ya hable con master me dice que ellos pasaron a ser estado miembro de HID, por que ninguno formaba parte de la AG, lo que es zhyper dark erick y ledezma, no eran miembro de la AG, y sin embargo me parece algo injusto que ellos solo por ser CIJ - Congresista y demas, se les otorgue un regalo de poder votar en la AG en cuando yo siendo de la AG y a la vez siendo del CIJ no se me haya colocado en esa propuesta, pero cada cosa cae por su propio peso.

alex-skywaker

alex-skywaker
Secretario General HID
Secretario General HID

Creo que a ti no se te considero porque ya estabas en asamblea, pero al estar en lo correcto también que se te actualice.

alex-skywaker

alex-skywaker
Secretario General HID
Secretario General HID

Creo que a ti no se te considero porque ya estabas en asamblea, pero al estar en lo correcto también que se te actualice.

Koczu

Koczu

alex-skywaker escribió:Creo que a ti no se te considero porque ya estabas en asamblea, pero al estar en lo correcto también que se te actualice.

-Pero entonces lo correcto seria:

1-Que se pasen a dark, erick, ledezma y zhyper a estado observador

O

2-Que yo pase a estado miembro de HID

-Algo que quiero recalcar es que balkarner si no es estado miembro de HID tambien debe ser actualizado el.

Invitado

Anonymous
Invitado

Pero Dark y Zhyper tienen territorios..

Koczu

Koczu

.:Charles.I:. escribió:Pero Dark y Zhyper tienen territorios..

-Ok entiendo eso baby, pero cuentame que hay de erick (No menciono a ledezma por que este se salio por si solo), ademas de no poseer un derecho de imperio no tiene tierras.

Invitado

Anonymous
Invitado

A Erick se le podría dejar como observador en ese caso.

Koczu

Koczu

.:Charles.I:. escribió:A Erick se le podría dejar como observador en ese caso.

-Pero como se le va a dejar de observador si no representa ningun imperio...

Invitado

Anonymous
Invitado

Esperemos ver que resuelve la Corte Imperial de Justicia en ese caso y lo tratamos más adelante.

Cierro tema.

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