Se modificará el artículo 38: Nadie está posibilitado de poseer dos cargos simultáneamente. En caso de haber sido electo para ejercer un segundo cargo, ya siendo parte de uno, el implicado será quien deberá decidir en cuál de ellos desea permanecer.
La modificación será la siguiente: Artículo 38: Nadie está posibilitado de poseer dos cargos simultáneamente, a excepción de lo que pueda disponerse en otras leyes posteriores. En caso de haber sido electo para ejercer un segundo cargo, ya siendo parte de uno, el implicado será quien deberá decidir en cuál de ellos desea permanecer.
Eliminación de los artículos 1 al 6 y creación de un nuevo artículo 1 que establezca lo siguiente:
Artículo 1: La Comisión Reguladora estará formada por los miembros que conforman la Corte Imperial de Justicia.
Por último, habría que establecer el resto de artículos con sus respectivos números, es decir, el 2 sería el anterior 7, el 3 el anterior 8..etc.
Favor de votar a favor o en contra de dichas modificaciones.
La modificación será la siguiente: Artículo 38: Nadie está posibilitado de poseer dos cargos simultáneamente, a excepción de lo que pueda disponerse en otras leyes posteriores. En caso de haber sido electo para ejercer un segundo cargo, ya siendo parte de uno, el implicado será quien deberá decidir en cuál de ellos desea permanecer.
Eliminación de los artículos 1 al 6 y creación de un nuevo artículo 1 que establezca lo siguiente:
Artículo 1: La Comisión Reguladora estará formada por los miembros que conforman la Corte Imperial de Justicia.
Por último, habría que establecer el resto de artículos con sus respectivos números, es decir, el 2 sería el anterior 7, el 3 el anterior 8..etc.
Favor de votar a favor o en contra de dichas modificaciones.