Registro HID - HabboImperios
Conéctate o regístrate para tener un mayor acceso a este foro oficial.

Unirse al foro, es rápido y fácil

Registro HID - HabboImperios
Conéctate o regístrate para tener un mayor acceso a este foro oficial.
Registro HID - HabboImperios
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Bienvenido Invitado al foro de HID. Si quieres ir a la página web de HID da clic acá.
Presidente provisional de HID: lParsimonia | Vicepresidente de HID: | Secretario General de HID: Web oficial: https://hid-oficial.jimdo.com/

No estás conectado. Conéctate o registrate

Modificación del Artículo 31 [Votación]

+10
alexminar9
alex-skywaker
Felipe.Mj
Koczu
Karl:Marx
trijuanmabm
sokar333
bakanalber18
xbrayax871
VivaxuloCrack
14 participantes

Ir a la página : 1, 2  Siguiente

Ir abajo  Mensaje [Página 1 de 2.]

VivaxuloCrack

VivaxuloCrack

Perdón por el retraso, no pude publicar antes la votación, como las únicas objeciones fueron que se añadiera un límite de 3 solicitudes de obtención de territorio, añadiré el apartado correspondiente en negrita y se someterá a votación durante 72 horas. A diferencia del debate, me gustaría que hubiese participación aquí.

Artículo 31: Toda la materia de asignación Territorios Base se regirá con este reglamento y bajo los parámetros y directrices dictados por la Constitución HID.

A. Para optar a la asignación de los Territorios en cuestión el Emperador deberá inscribirse ante el foro de HID; en su inscripción deberá indicar:
a. Habbo Nombre
b. Nombre del Imperio
c. Puntuación de sala

B. Para poder optar a la asignación de un Territorio Base, el emperador deberá tener el siguiente perfil:
a. No tener territorio válido HID o de tener, solo podrán optar los que tengan menos de 2 Territorios.
b. Contar con recepción abierta y activa.
c. La sede del Imperio deberá tener una puntuación de 500 puntos. En caso de cambio de sede, se tomará la puntuación de la sede anterior.

C. El emperador o representante del Imperio solo podrá solicitar un Territorio Base hasta un máximo de 3 veces por imperio, y nunca al mismo tiempo.

D. Si el emperador pierde el Territorio Base asignado previamente mediante una petada o un saqueo éste podrá solicitar otro. En caso de haber una cesión o una compra-venta no podrá solicitar nuevamente otro Territorio Base.


E. Una vez realizada la inscripción la Directiva tendrá un lapso de 48 horas para aprobar la inscripción e indicar el territorio asignado. Dicha aprobación y asignación se realizará por medio del Documento a tiempo real. El Emperador solo podrá optar por un solo territorio, y el mismo será elegido por la Directiva.

F. Los Emperadores cuya asignación fue aprobada, sólo gozará con la posesión del Territorio más no su propiedad. Por lo tanto esos territorios no podrán ser vendidos, donados o perdidos en guerra hasta la adquisición de su propiedad.

G. Los Emperadores que ya tengan la posesión de un Territorio Base, deberán espera un mes desde su asignación para la adquisición de la propiedad de ese territorio. En ese mes deberá mantener una recepción abierta y activa, de lo contrario no optará a la propiedad del territorio.

H. La Directiva mantendrá una perpetua vigilancia sobre los Emperadores que sean poseedores de un Territorio Base a objeto que se cumplan los fines de este artículo, para que, transcurrido el mes, se proceda dar la propiedad del Territorio.

Parágrafo primero: La Directiva podrá crear una comisión encargada de la vigilancia de los Emperadores, en caso de ser necesario.

I. Los Emperadores que estén optando ya para la adquisición de la propiedad del Territorio Base, deberán mantener la recepción abierta y activa, no obstante podrán inactivar en caso de ser necesario siempre se le notifique oportunamente a la Directiva. Dicha inactividad no podrá prolongarse más de 5 días continuos, como tampoco podrá inactivar 10 días intercalados o continuos en el curso del mes para la adquisición de la propiedad del Territorio Base. De hacerlo perderá el trámite realizado y el territorio asignado, debiendo iniciar nuevamente el procedimiento.

J. Los Emperadores Poseedores de un Territorio Base, y que hayan sido objeto de ataques (Petadas), perderán el Territorio Base, sin embargo el Imperio atacante no podrá reclamar dicho territorio ya que no es de la propiedad del Imperio agredido; pasando el Territorio Base a propiedad de HID nuevamente.

Parágrafo segundo: Los Emperadores que posean Territorio válidos HID, y que están poseyendo un Territorio Base, no perderán la posesión del territorio, sin embargo responderá a la agresión con un Territorio Propio.

K. Los Emperadores que se encuentran en pleno trámite de adquisición de un Territorio Base, podrán de igual forma adquirir otro Territorio válido HID por cualquier otro medio legal, sin que esa adquisición afecte su trámite para el Territorio Base.

L. Transcurrido el mes de posesión del Territorio Base y cumplido todos los requisitos de Ley, la Directiva dará la propiedad del Territorio Base asignado, quedando el mismo liberado y susceptible a enajenación de cualquier tipo.

M. La Directiva informará eficiente y oportunamente sobre la negación y aprobación de inscripciones; igualmente sobre la negación o pérdida de la posesión del Territorio Base, así como la liberación del Territorio Base.

N. El trámite de Asignación de Territorios Base sólo durará mientras existan territorios que asignar, agotados los territorios, dicho trámite queda inaccesible.

VivaxuloCrack

VivaxuloCrack

Al ser mi propuesta, obviamente estoy a favor.

Aclaro que el punto C debería estar en negrita pero se me ha pasado, en cuanto pueda el presidente lo cambiará.

xbrayax871

xbrayax871

A continuación presento la siguiente modificación :

- Actual :D. Si el emperador pierde el Territorio Base asignado previamente mediante una petada o un saqueo éste podrá solicitar otro. En caso de haber una cesión o una compra-venta no podrá solicitar nuevamente otro Territorio Base.

- Modificación : D. Sí el emperador pierde el Territorio Base asignado previamente mediante una petada o saqueo éste podrá solicitar otro. En caso de haber sido una cesión o una compra-venta del territorio no podrá solicitar otro territorio Base durante 3 o 4 meses máximo.

- Actual : C. El emperador o representante del Imperio solo podrá solicitar un Territorio Base hasta un máximo de 3 veces por imperio, y nunca al mismo tiempo.


- Modificación : C. El Emperador o representante del Imperio solo podrá solicitar un territorio base pero hasta un máximo de 2 veces por imperio, y nunca al mismo tiempo pero para poder solicitar otro territorio base tendrán que esperar cierto tiempo.

bakanalber18

bakanalber18

Brayan lo que mencionas, es inaceptable, si cada 3 o 4 meses reclamas un territorio base, los emperadores al ser petados cederan, cederan y cederan cada uno de esos territorios que no sirven para nada para algunos(..) . La idea es incentivar a los emperadores nuevos que se van uniendo no limitarse a entregar tantas islas, que aparecen alli.

xbrayax871

xbrayax871

- La ídea ¿osea no entiendes? si un emperador solicito un territorio base y fue petado o vendio o cedio el territorio, esperara esos 3 o 4 meses para pedir otro (que será su 2da oportunidad) ya que solo se dan 2 oportunidades, por eso Subi esa modificacion.

sokar333

avatar
Juez
Juez

A favor de la propuesta.

Igualmente, veo interesante y a tener en cuenta la idea que plantea brayax de igualmente establecer junto con el máximo de veces un límite de tiempo para poder volver a solicitarlo.

VivaxuloCrack

VivaxuloCrack

Si os vais a poner a proponer ahora modificaciones os invito a que hagáis otra propuesta, porque ya se abrió en su momento el debate.

xbrayax871

xbrayax871

Bueno somete esto a debate y cuando ya las modifiques todo, lo sometes a votación 48hrs de debate y 72hrs de votación mas sencillo.

VivaxuloCrack

VivaxuloCrack

Igualmente no veo factibles tus propuestas, ya que a mi no me gustaría que me hicieran esperar otros 3 o 4 meses en las situaciones que nos encontramos hoy en día en Habbo.

xbrayax871

xbrayax871

¿Bueno y que prefieres que esperen 1mes o 1 dia para que vuelvan a pedir otro terri? y que lo vuelvan a vender, es mejor esperar 3 meses o 2 para volver a pedir TB

VivaxuloCrack

VivaxuloCrack

Si lees bien la propuesta, podrás observar como está explicado que si se vende el territorio no puede solicitar otro, y en caso de que fuera petada, cuando a un Emperador le petan, tiene mas cuidado a la hora de dar Powers, si vas a comentar, por lo menos procura haber leído la propuesta, porque para escribir ''y que lo vuelvan a vender'' mejor no escribas nada.

trijuanmabm

trijuanmabm

Estoy a favor de la propuesta, el mes de prueba para la adquisición del territorio base ya me parece suficiente, no añadiría un plazo para poder volver a solicitar un territorio si éste es cedido, comprado o vendido.

xbrayax871

xbrayax871

VivaxuloCrack escribió:Si lees bien la propuesta, podrás observar como está explicado que si se vende el territorio no puede solicitar otro, y en caso de que fuera petada, cuando a un Emperador le petan, tiene mas cuidado a la hora de dar Powers, si vas a comentar, por lo menos procura haber leído la propuesta, porque para escribir ''y que lo vuelvan a vender'' mejor no escribas nada.

- Leei 2 veces tu propuesta (por cada linea) y me parece incorrecto no darle territorio a los que venden o compran el territorio (por eso fue que propuse lo de 3 o 2 meses entiendes?)

trijuanmabm

trijuanmabm

trijuanmabm escribió:Estoy a favor de la propuesta, el mes de prueba para la adquisición del territorio base ya me parece suficiente, no añadiría un plazo para poder volver a solicitar un territorio si éste es cedido, comprado o vendido.
Leí mal sobre eso, aún así voto a favor.

VivaxuloCrack

VivaxuloCrack

xbrayax, entonces volveríamos a tener quejas con lo que paso hace unos días con SoulBerry, esta propuesta es para eso, por lo que pienso que deberías dar tu voto en contra si no estas de acuerdo con lo expresado en esos puntos, porque lamento decirte, que no pienso cambiarlo ya que la propuesta se ha hecho para evitar eso.

Karl:Marx

avatar

A favor. Quienes vendan o cedan no deben solicitar más.

Koczu

Koczu

VivaxuloCrack escribió:Perdón por el retraso, no pude publicar antes la votación, como las únicas objeciones fueron que se añadiera un límite de 3 solicitudes de obtención de territorio, añadiré el apartado correspondiente en negrita y se someterá a votación durante 72 horas. A diferencia del debate, me gustaría que hubiese participación aquí.

Artículo 31: Toda la materia de asignación Territorios Base se regirá con este reglamento y bajo los parámetros y directrices dictados por la Constitución HID.

A. Para optar a la asignación de los Territorios en cuestión el Emperador deberá inscribirse ante el foro de HID; en su inscripción deberá indicar:
a. Habbo Nombre
b. Nombre del Imperio
c. Puntuación de sala

B. Para poder optar a la asignación de un Territorio Base, el emperador deberá tener el siguiente perfil:
a. No tener territorio válido HID o de tener, solo podrán optar los que tengan menos de 2 Territorios.
b. Contar con recepción abierta y activa.
c. La sede del Imperio deberá tener una puntuación de 500 puntos. En caso de cambio de sede, se tomará la puntuación de la sede anterior.

C. El emperador o representante del Imperio solo podrá solicitar un Territorio Base hasta un máximo de 3 veces por imperio, y nunca al mismo tiempo.

D. Si el emperador pierde el Territorio Base asignado previamente mediante una petada o un saqueo éste podrá solicitar otro. En caso de haber una cesión o una compra-venta no podrá solicitar nuevamente otro Territorio Base.


E. Una vez realizada la inscripción la Directiva tendrá un lapso de 48 horas para aprobar la inscripción e indicar el territorio asignado. Dicha aprobación y asignación se realizará por medio del Documento a tiempo real. El Emperador solo podrá optar por un solo territorio, y el mismo será elegido por la Directiva.

F. Los Emperadores cuya asignación fue aprobada, sólo gozará con la posesión del Territorio más no su propiedad. Por lo tanto esos territorios no podrán ser vendidos, donados o perdidos en guerra hasta la adquisición de su propiedad.

G. Los Emperadores que ya tengan la posesión de un Territorio Base, deberán espera un mes desde su asignación para la adquisición de la propiedad de ese territorio. En ese mes deberá mantener una recepción abierta y activa, de lo contrario no optará a la propiedad del territorio.

H. La Directiva mantendrá una perpetua vigilancia sobre los Emperadores que sean poseedores de un Territorio Base a objeto que se cumplan los fines de este artículo, para que, transcurrido el mes, se proceda dar la propiedad del Territorio.

Parágrafo primero: La Directiva podrá crear una comisión encargada de la vigilancia de los Emperadores, en caso de ser necesario.

I. Los Emperadores que estén optando ya para la adquisición de la propiedad del Territorio Base, deberán mantener la recepción abierta y activa, no obstante podrán inactivar en caso de ser necesario siempre se le notifique oportunamente a la Directiva. Dicha inactividad no podrá prolongarse más de 5 días continuos, como tampoco podrá inactivar 10 días intercalados o continuos en el curso del mes para la adquisición de la propiedad del Territorio Base. De hacerlo perderá el trámite realizado y el territorio asignado, debiendo iniciar nuevamente el procedimiento.

J. Los Emperadores Poseedores de un Territorio Base, y que hayan sido objeto de ataques (Petadas), perderán el Territorio Base, sin embargo el Imperio atacante no podrá reclamar dicho territorio ya que no es de la propiedad del Imperio agredido; pasando el Territorio Base a propiedad de HID nuevamente.

Parágrafo segundo: Los Emperadores que posean Territorio válidos HID, y que están poseyendo un Territorio Base, no perderán la posesión del territorio, sin embargo responderá a la agresión con un Territorio Propio.

K. Los Emperadores que se encuentran en pleno trámite de adquisición de un Territorio Base, podrán de igual forma adquirir otro Territorio válido HID por cualquier otro medio legal, sin que esa adquisición afecte su trámite para el Territorio Base.

L. Transcurrido el mes de posesión del Territorio Base y cumplido todos los requisitos de Ley, la Directiva dará la propiedad del Territorio Base asignado, quedando el mismo liberado y susceptible a enajenación de cualquier tipo.

M. La Directiva informará eficiente y oportunamente sobre la negación y aprobación de inscripciones; igualmente sobre la negación o pérdida de la posesión del Territorio Base, así como la liberación del Territorio Base.

N. El trámite de Asignación de Territorios Base sólo durará mientras existan territorios que asignar, agotados los territorios, dicho trámite queda inaccesible.

C. El emperador o representante del Imperio solo podrá solicitar un Territorio Base hasta un máximo de 3 veces por imperio, y nunca al mismo tiempo.

D. Si el emperador pierde el Territorio Base asignado previamente mediante una petada o un saqueo éste podrá solicitar otro. En caso de haber una cesión o una compra-venta no podrá solicitar nuevamente otro Territorio Base.

Opino respecto a esto:

C.El emperador o representante del Imperio solo podrá solicitar un Territorio Base hasta un máximo de 2 veces por persona, y nunca al mismo tiempo.

D. Si el emperador pierde el Territorio Base asignado previamente mediante una petada o un saqueo éste podrá solicitar otro. Esta tierras no podran ser vendidas, se pueden ceder mediante tratado de protectorados o un cedimiento sin fines de lucro...


xbrayax871

xbrayax871

aJA VIVA ¿y la otra modificación? porque no solamente es una.

- Modificación : C. El Emperador o representante del Imperio solo podrá solicitar un territorio base pero hasta un máximo de 2 veces , y nunca al mismo tiempo pero para poder solicitar otro territorio base tendrán que esperar cierto tiempo.

Felipe.Mj

avatar
Estado Miembro HID
Estado Miembro HID

A favor de la propuesta si es que se hacen los cambios ya escritos arriba, 2 territorios como maximo y con un plazo determinado de tiempo.

http://Imperio-evolucion.weebly.com

VivaxuloCrack

VivaxuloCrack

Repito que no voy a añadir plazos de tiempo ya que en caso de tener un trámite cancelado, tendrían que tener abierto otro mes, y ya nos alargaríamos a unos dos meses de actividad, así que no añadiré mas tiempo, de no estar de acuerdo, repito, voten en contra.

Respecto a los dos territorios no tengo problema en cambiarlo.

Karl:Marx

avatar

No te preocupes, 3 está bien, porque ya existen votos y para no hacer problema.

Felipe.Mj

avatar
Estado Miembro HID
Estado Miembro HID

Ok en contra entonces.

http://Imperio-evolucion.weebly.com

alex-skywaker

alex-skywaker
Secretario General HID
Secretario General HID

En contra porque 3 veces es algo EXCESIVO

alexminar9

alexminar9
Estado Miembro HID
Estado Miembro HID

Me abstengo. No me parece mal pero creo que 3 veces es algo excesivo, también es importante saber defender los territorios.

alex-skywaker

alex-skywaker
Secretario General HID
Secretario General HID

alexminar9 escribió:Me abstengo. No me parece mal pero creo que 3 veces es algo excesivo, también es importante saber defender los territorios.

RT se les da una tierra para EMPEZAR no para que HID cada vez que lo peten les de una tierra y vuelvan a empezar...

Contenido patrocinado



Volver arriba  Mensaje [Página 1 de 2.]

Ir a la página : 1, 2  Siguiente

Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.