Si bien no fue la ley creada para regular este concepto, la ley de contratos imperiales regula en parte los "derechos imperiales". Recordemos: "Artículo 5.- (...) Los "derechos del imperio" se pierden ante el petador cuando se recibe la quinta petada en contra de manos de un mismo imperio, o por saqueo.
Los derechos sobre el nombre del imperio se adquieren por primer uso y se prueban por su registro en la web oficial. Para salvarse de ser plagiado, deberá notificar sus "derechos del imperio" en el foro de HID, para que se los anoten los de la directiva en la web. Los plagios son pasibles de las sanciones que establezcan las otras leyes."
Lo que quiero dirimir es el conflicto que hay entre los que tienen el territorio y los que tienen los derechos de nombre del imperio. Un imperio A podría perder su capital (austria por ejemplo) por una petada cuando no tenga territorios para protegerlo, pero a su vez mantener los derechos de nombre porque no lo saquearon ni le realizaron 5 petadas en contra. U otro ejemplo que se dio mucho anteriormente en HI y dejó secuelas, es que usaron para el nombre del imperio un territorio que no poseían. Por ejemplo, wins no tenía holanda cuando abrió dutch empire, xócrates no tenía argentina cuando abrió reino argentino, xaller no tenía egipto cuando abrió reino de egipto (el de ramses era imperio de egipto), galo de jalbu que no tiene francia, Libia de charles que no tenía Libia, etcétera.
Por lo tanto propongo agregar como artículo 5 ter de la ley de contratos imperiales:
Nadie puede poner como nombre de su imperio uno que ya haya sido utilizado por otro imperio y que no le pertenezca, o un nombre que diga o exprese en cualquier idioma un territorio que no le pertenece, so pena de ser considerado plagio. Los que hayan perdido su territorio pero no sus "derechos del imperio", tienen derecho a mantener el nombre de su imperio. Los que hayan obtenido un territorio pero no los "derechos del imperio" de quien recibieron el territorio, tienen derecho a usar ese territorio como su capital o usarlo para el nombre de su imperio, pero no deben copiar el nombre exacto (ni aún cambiándole el idioma) del que lo recibieron.
Pueden ser utilizados nombres de imperios, países o estados antiguos, siempre y cuando y so pena de ser considerado plagio:
- no tengan el nombre de un territorio actual que no le pertenezca.
- se posea el territorio que haya sido la capital de tal en la realidad, o se haya utilizado el nombre por primera vez habiendo tenido ese territorio.
Este último párrafo no afecta a los que hayan adquirido los "derechos del imperio" con anterioridad a la sanción de este artículo.
No se amparará la actitud de crear muchos imperios o cambiar muchas veces de nombre para adquirir la propiedad de todos los nombres que le gusten a una persona, la CIJ se encargará de sancionar al que realice esto.
Colocar nombres de ciudades, provincias, regiones, etcétera, que formen parte de algún territorio actual, se equipara a haber colocado el nombre de ese territorio al que forman parte.
Es un tema sensible, me gustaría que me pregunten sus dudas para entenderlo bien y que aporten y analicen por si cometí un error o me faltó algo. Saludos.
Los derechos sobre el nombre del imperio se adquieren por primer uso y se prueban por su registro en la web oficial. Para salvarse de ser plagiado, deberá notificar sus "derechos del imperio" en el foro de HID, para que se los anoten los de la directiva en la web. Los plagios son pasibles de las sanciones que establezcan las otras leyes."
Lo que quiero dirimir es el conflicto que hay entre los que tienen el territorio y los que tienen los derechos de nombre del imperio. Un imperio A podría perder su capital (austria por ejemplo) por una petada cuando no tenga territorios para protegerlo, pero a su vez mantener los derechos de nombre porque no lo saquearon ni le realizaron 5 petadas en contra. U otro ejemplo que se dio mucho anteriormente en HI y dejó secuelas, es que usaron para el nombre del imperio un territorio que no poseían. Por ejemplo, wins no tenía holanda cuando abrió dutch empire, xócrates no tenía argentina cuando abrió reino argentino, xaller no tenía egipto cuando abrió reino de egipto (el de ramses era imperio de egipto), galo de jalbu que no tiene francia, Libia de charles que no tenía Libia, etcétera.
Por lo tanto propongo agregar como artículo 5 ter de la ley de contratos imperiales:
Nadie puede poner como nombre de su imperio uno que ya haya sido utilizado por otro imperio y que no le pertenezca, o un nombre que diga o exprese en cualquier idioma un territorio que no le pertenece, so pena de ser considerado plagio. Los que hayan perdido su territorio pero no sus "derechos del imperio", tienen derecho a mantener el nombre de su imperio. Los que hayan obtenido un territorio pero no los "derechos del imperio" de quien recibieron el territorio, tienen derecho a usar ese territorio como su capital o usarlo para el nombre de su imperio, pero no deben copiar el nombre exacto (ni aún cambiándole el idioma) del que lo recibieron.
Pueden ser utilizados nombres de imperios, países o estados antiguos, siempre y cuando y so pena de ser considerado plagio:
- no tengan el nombre de un territorio actual que no le pertenezca.
- se posea el territorio que haya sido la capital de tal en la realidad, o se haya utilizado el nombre por primera vez habiendo tenido ese territorio.
Este último párrafo no afecta a los que hayan adquirido los "derechos del imperio" con anterioridad a la sanción de este artículo.
No se amparará la actitud de crear muchos imperios o cambiar muchas veces de nombre para adquirir la propiedad de todos los nombres que le gusten a una persona, la CIJ se encargará de sancionar al que realice esto.
Colocar nombres de ciudades, provincias, regiones, etcétera, que formen parte de algún territorio actual, se equipara a haber colocado el nombre de ese territorio al que forman parte.
Es un tema sensible, me gustaría que me pregunten sus dudas para entenderlo bien y que aporten y analicen por si cometí un error o me faltó algo. Saludos.