En base a la observación hecha por reddya, propongo que los artículos 7 y 8 de la ley del reseteo digan:
Artículo 7.- Los territorios de propiedad de HID pueden ser objeto de una permuta. Los dueños de territorios podrán intercambiar sus territorios con HID conforme la siguiente tabla de valores de cada categoría:
Territorio categoría "A" = 2 categoría B = 4 categoría C = 8 categoría D
Territorio categoría "B" = 1/2 categoría A = 2 categoría C = 4 categoría D
Territorio categoría "C" = 1/4 categoría A = 1/2 categoría B = 2 categoría D
Territorio categoría "D" = 1/8 categoría A = 1/4 categoría B = 1/2 categoría C
Los territorios solo se intercambian en su totalidad, no se pueden obtener los territorios en partes o porcentajes. También se podrá intercambiar un territorio por otro de la misma categoría.
Artículo 8.- Los territorios que otorgará HID por la permuta se determinarán por sorteo entre los territorios de la categoría que corresponda. Dicho territorio recibido no podrá ser objeto de intercambio con HID por el plazo de 6 meses, cualquiera sea su propietario.
Artículo 7.- Los territorios de propiedad de HID pueden ser objeto de una permuta. Los dueños de territorios podrán intercambiar sus territorios con HID conforme la siguiente tabla de valores de cada categoría:
Territorio categoría "A" = 2 categoría B = 4 categoría C = 8 categoría D
Territorio categoría "B" = 1/2 categoría A = 2 categoría C = 4 categoría D
Territorio categoría "C" = 1/4 categoría A = 1/2 categoría B = 2 categoría D
Territorio categoría "D" = 1/8 categoría A = 1/4 categoría B = 1/2 categoría C
Los territorios solo se intercambian en su totalidad, no se pueden obtener los territorios en partes o porcentajes. También se podrá intercambiar un territorio por otro de la misma categoría.
Artículo 8.- Los territorios que otorgará HID por la permuta se determinarán por sorteo entre los territorios de la categoría que corresponda. Dicho territorio recibido no podrá ser objeto de intercambio con HID por el plazo de 6 meses, cualquiera sea su propietario.